La base gravable se calcula así:
Ingresos brutos susceptibles de incrementar el patrimonio, sin incluir las ganancias ocasionales.
(+) Rentas Brutas Especiales
(-) devoluciones, rebajas y descuentos
(-) ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
= Ingresos netos
(-) Costos
(-) Deducciones
(-) Rentas exentas
(+) Renta por recuperación de deducciones
= BASE GRAVABLE DEL CREE
En todo caso, la base gravable del CREE no podrá ser inferior al 3% del Patrimonio Líquido del contribuyente en el último día del año gravable inmediatamente anterior.
VÍDEO DE COMO CALCULAR LA BASE GRAVABLE CREE.
EXCELENTE INFORMACION
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